(De este llamado «Memorial de Francisco Pérez de Yarza» escrito por éste a petición de Don Juan de Borja, existen varias copias en Loyola. La que reproducimos -AHL, 1-4-3, n.6- es de 1632)
Por ser la declaración de las cosas que por este Memorial se mandan de tanta calidad y peso, y dever yo mucho respeto y obligación a la persona que me lo ha ordenado, aviendo tenido para el caso toda la inteligencia que requería, satisfaciendo a los capítulos en él contenidos, diré la realidad de la verdad de lo que es notorio y e podido entender, con la sinceridad que soy obligado al oficio que se me da en este caso.
1. Respondiendo al primer capítulo del sitio de la casa y solar de Loyola y su calidad y pueblos circunvezinos etc., aunque es bien notorio todo ello, a lo menos en la mayor parte de la tierra bascongada, digo que esta casa y solar está sita en juridición de la villa de Azpeitia, de la provincia de Guipúzcoa; el pueblo es de los principales de aquesta provincia y tercero en votos en toda ella, y en vezindad y propiedad es de los crecidos y aventajados entre todas las villas mayores. Esta casa y solar está sita en distancia de algo menos de un quarto de legua de la misma villa, junto y algo desviado del camino real, que desde la dicha villa de Azpeitia va a la villa de Azcoitia, que es otro pueblo principal de la dicha provincia; que estas dos villas distan media legua de camino llano una de otra, y casi al medio camino, como está dicho, está sita la dicha casa, cuya calidad es conocida y notoria en toda esta tierra y en otras muchas partes; porque es muy antigua y noble, y como tal es de las solas del número antiguo. La cual es procedente de la casa y solar de Oñaz, que es en la misma juridición de Azpeitia por Beltrán Ibáñez de Loyola, sesto abuelo de esta señora de Loyola, casa de mayorazgo. Y se halla por escrito haverse hedificado agora ducientos años, poco mas o menos, siendo señor de la dicha casa de Oñaz el dicho Beltrán Ibáñez, y de la fundación de esta casa de Oñaz no ay memoria de hombres ni escritos, por ser antiquíssima, y assí los señores de Loyola, su título verdadero y primero es como se ponen y dizen: señores de las casas y solares de Oñaz y Loyola, porque de los antepassados de esta casa de Oñaz fue su principio de ellos, y como tal es patrón de dos iglesias parrochiales que ay en la dicha villa de Azpeitia e su juridición muy principales, cuyas dézimas goça por juro de heredad por merced de los reyes antepasados de Castilla, las quales valen mil ducados cada año, seguros y llanos, y demás de esto tiene la provisión de la retoría de la dicha parrochia, que rentará cada año ducientos ducados, con frutos, pitanças y administración, y de nueve beneficiados clérigos, que cada uno de ellos vive en esta república con mucho onor y buen entretenimiento.
Tiene assí bien en la iglesia matriz su assiento, entierro y ofrenda preheminentes de todos los otros, y demás de todo ello, tantos bienes rayzes, en la cantidad que abajo se especificará, que del honorario de todo ello se infiere bien la gran calidad della en toda esta tierra, pues es la principal casa que ay en ella, dueña y poseedora y preferida a todos honores y haziendas calificadas, en pueblo muy principal e antiguo, en tal suerte que en estas dos villas, ansí en la misma de Azpeitia, donde está sita esta casa, como en la de Azcoytia, ay en cada uno de ellos seyscientos vezinos, y entre ellos muchos idalgos muy principales, ricos, raygados y abonados, con otras gentes de menos consideración; todos ellos deudos, amigos, servidores y allegados de esta casa, y de los señores della.
La calidad de los quales es notoria; porque de tiempos muy antiguos a esta parte fueron muy señalados, en tal manera que no se podría, con la brevedad que se requiere, satisfacer a declarar los hechos y ser de todos ellos. Pero en suma diré quel octavo agüelo de esta señora Doña Lorenza, que agora possee, y su hijo Gil López de Oñaz, fueron los que vencieron la vatalla (de Beotíbar). Beltrán Ibáñez fue quinto agüelo desta señora Doña Lorença que agora possee, al qual le fue fecha la merced del patronazgo del monesterio de S. Sebastián de Soreasu de la dicha villa de Azpeitia, con todo su pertenecido, por un Rey D. Henrique el año de mil y trecientos y noventa y cuatro años, por respecto de los muchos servicios que havía fecho a la corona real de Castilla.
Obo otro señor en esta casa, Jaun Juane Pérez, que fue desterrado por el rey de Castilla, porque era de la opinión de D. Diego de Aro. Este Jaun Juane Pérez e su hermano Gil López de Oñaz fueron los caudillos de la gente de Guipúzcoa, al tiempo del vencimiento de la vatalla de Veotívar, año de mil y trecientos y veyte y uno, que con ochocientos hombres desvarataron setenta mil ombres navarros y francesses, e a su capitán D. Ponce de Morentari (sic) vizconde de Güián e go-vemador de Navarra, y prendieron a muchos caballeros de los contrarios, e huvieron gran despojo de vestías e armas en cantidad, de mis de cien mill libras; por la qual hazaña al dicho Jaun Juane Pérez e Gil López su hermano e a otros cinco hermanos suyos, que todos eran siete hijos de Jaune Pérez de Loyola, señor de Loyola, a todos siete les dio el rey D. Alonso el onzeno, que començó a reynar el año de mil y trecientos y diez, a los treynta y un años de su reynado, las siete vandas que la casa de Oñaz tiene por armas en campo dorado, y las vandas coloradas; e después acá a havido muchos hijos de esta casa capitanes en Italia y Ungría; y el uno de ellos fue Juan Pérez de Loyola, tío desta señora Doña Lorença, que murió en Ungría, en servicio del emperador D. Hernando, padre del strengendía Maximiliano; y no menos señalado que todos fue el maestro Ignacio de Loyola, fundador de la horden de la Compañía de Jesús, que tanto florece en estos tiempos en toda la christiandad, el qual era hermano legítimo y menor de Martín García de Loyola, abuelo de esta señora Doña Lorença, señor que fue de aquesta casa, y está su cuerpo del maestro Ignacio en Roma enterrado con mucho honor, y un título de palabras muy regaladas en su sepulcro, por aver sido en vida y christiandad muy singular hombre a juyzio humano.
2. Quanto al segundo capítulo, de los deudos en sangre de aquella casa, digo que en esta villa de Azpeitia tienen muchos deudos en sangre y particularmente lo son los señores de la casa y solar de Empa-ran, por casamientos que en tiempos pasados hizieron a hijos e hijas de la casa y solar de Loyola, que a la Emparan fueron, que la última señora que a la dicha casa de Emparan fue, fue de Loyola, havrá quarenta y cinco años que falleció, la qual casa de Emparan es casa solariega de las del número y muy antigua. Assí bien Martín García de Loyola, que oy dia vive, de la horden de Calatrava, y está casado en los reynos del Perú con nieta legítima de Atavalixa, rey indio que fue de aquella tierra con catorce mil ducados de renta, el qual a servido a su magestad muy vien en las guerras que se han ofrecido estos años en las partidas del Cuzco, este es primo carnal de la señora Doña Lorença, hijos de dos hermanos, y está para venir a su casa que la tiene de las principales de esta villa; assí bien el rector de la yglesia parrochial de la dicha villa, es primo de la señora Dª. Lorença, y demás de estos en sangre tienen muchos deudos y personas de valor en la dicha villa, que no se pueden especificar por la proligidad.
En la villa de Azcoytia los señores de la casa y solar de Valda, son primos carnales de la señora Dª Lorença, hijos de hermanos e deudos también por otra parte; esta casa de Valda es de las muy antiguas de la Provincia y muy aparentada en aquella villa de gente honrosa, y es de las solariegas del número.
Assí bien en la dicha villa está casada Dª Magdalena de Loyola, hermana menor de la señora Dª Lorença, con el comendador D. Pedro de Çuaçola, de la horden de Santiago, hijo del tesorero Çuaçola, tesorero que fue del emperador Carlos quinto, patrón merece -nario de por vida de la yglesia de aquella villa, que assí ella como la demás de su renta, en muebles, se estima en más de mil ducados, y otros muchos deudos son desta manera en menor grado de sanguinidad. Assí bien en la misma villa, Juan Martínez de Olano, cuya casa es muy antigua e de mucha calidad es primo carnal de la señora Dª Lorença, hijo de hermana de su padre. En la villa de Vergara, tres leguas desta de Azpeitia, D. Juan de Oçaeta, señor de la casa y solar de Oçaeta, de mil ducados de renta, es primo carnal de la señora Doña Lorença, hijos de hermanos y deudos por parte de los padres, bien cercanos; y en la misma villa tiene la señora Dª Lorença parentesco cercano con los hijos y casa del comendador Ondarça que son muchos, y personas de muy mucha calidad y cantidad y con otras personas de calidad, en la mesma villa. En Amezqueta, el señor de la misma casa y solar de Amezqueta, y de las casas y solares de Yarça e Alçaga, que son casas del número antiguo solariegas, e de mucha calidad y antigüedad, de valor de mil ducados de renta en bienes y patronazgos, es primo carnal de la señora Dª Lorença, hijo de tía carnal suya.
En la villa de Cestona, que es una legua de esta de Azpeitia, tiene por deudos a los hijos de la casa y solar de Yraeta, que es muy antigua y de mucha calidad y cantidad, porque son sobrinos de la señora Dª Lorença, hijos de su prima carnal, segunda, de mil ducados de renta de propiedad, y también tiene parentesco con los señores de la casa y solar de Lili, que es en la dicha villa de Cestona, e con el señor de la casa y solar de Alçolaras, en la misma juridición, que hambas son de mucha calidad y antigüedad e muy enparentadas; e demás de estas aquí declaradas, en las mismas villas y en otras de Guipúzcoa e en casas particulares de la dicha provincia tienen muchos deudos muy principales, dependientes e anejos de la misma casa de Loyola, e de las personas e casas arriva referidas.
3. Quanto al tercero capítulo se responde lo mismo que al segundo y se dize que el número de los parientes allegados y aficionados son tantos, que en cuanto a la cantidad se estiende toda a la vezindad y moradores de todos estos pueblos, en los quales no ay hombre que, a llamado de los señores de esta casa, no acudiría con mucha solicitud, assí por los muchos deudos y allegados, como por los respectos que se diran en el capítulo siguiente.
4. En respuesta del quarto capítulo hazerca de la renta que tiene la casa de Loyola, assí de patronazgo como de hacienda etc. digo que, como está dicho en el primer capítulo de este memorial, el patronazgo que la dicha casa tiene en esta villa de Azpeitia le vale mil ducados poco más o menos, con la utilidad y circunstancias que arriva están referidas, las quales por entero no se podrían significar sin vista ocular; y demás de11o, valdrá la rayz toda setecientos ducados cada año, los quales tiene en veynte y una caserías y un molino que está a la puerta de la misma casa, todas ellas en juridición de esta villa de Azpeitia, e una herrería y una casería que tiene en juridición del lugar de Beyçama, dos leguas de esta villa, donde tiene voz y voto en todas las preeminencias como vecino de aquel lugar el señor que es y fuere de la dicha casa, y en diez y seys seles y términos redondos, que tiene en la juridición de esta dicha villa, los quinze de a cada seys goribiles y uno de doze, que en algunos dellos se podrían edificar caserías muy buenas y de mucho término, porque cada sel y término redondo de éstos tiene seys coderas, desde el medio del dicho sel a todas orillas, ochenta y quatro estados de largo, que de largo, de un cavo a otro, bienen a ser ciento y sesenta estados, y el de doze tiene los ciento y sesenta y ocho estados, desde el medio a qualquiera de las orillas; y demás de la dicha rayz arriva declarada, que trae los setecientos ducados de renta que digo, tiene dentro del cuerpo de la dicha villa dos casas, y tres solares para casas, y fuera de la dicha villa, junto a ella una torre con su heredamiento, que sirve para apeadero de los señores del dicho palacio donde se apean quando vienen a la yglesia e a otros negocios.
De estas veynte y una caserías, las diez y ocho dellas, con la casa y herrería que esta en juridición de Beyçama, eran y son de la mesma casa y palacio de antes que viniesse el señor D. Juan por casamiento; y después acá, compradas por el dicho Sr. D. Juan, las tres restantes, la una dellas con su molino. Pero bolviendo a la gran calidad de esta hazienda rayz, es de entender que las veynte caserías, de las ya nombradas, están en tal postura que desde que de la dicha casa y palacio salen hasta en distancia de dos leguas passadas, se puede ir de una casería en otra sin entrar en juridición ni terminado de ningún particular, sino tan solamente en lo que es término concegil en algunas partes; entre las quales caserías ay muchas de ellas de grandíssima juridición, aprovechamiento y cantidad, en tal manera, que por razón de las dichas caserías y seles y de otros muchos términos que tiene de tierras labradías, tiene fuerza; y demás dello tiene mucho señorío sobre muchas casas particulares, en la mayor parte de la juridición de la dicha villa; y demás de lo susodicho, tiene otros ducientos ducados de renta de mucha calidad en la mitad de la escrivanía del corregimiento de esta provincia de Guipúzcoa, que la sirven dos tinientes, la qual es comprada por el dicho señor Don Juan de Borja en tres mil ducados, y es renunciable, que la otra metad es de Don Francisco de Ydiáquez. Por manera que toda la dicha renta biene a resumirse en mil novecientos ducados, que son pocos para según la calidad y señorío de la casa y patronazgo y raiz, que se estimara en muy grande suma. No se trata de los heredamientos y montes que el mismo palacio tiene a la redonda de la casa y a vista della; que si fuessen de un particular, podría sustentarse con ello.
5. En cuanto al quinto capítulo, digo que en esta casa de Oñaz y Loyola desde sus fundaciones se alla por escrito no haver avido ningún señor advenediço, antes todos ellos sucedienctes de uno en otro en hijos varones, eceto Lope García de Lazcano, que fue señor desta casa por falta de varón, el qual era hijo de la casa y solar de Lazcano, que es una de las muy antiguas y principales de Guipúzcoa, señor de vasallos y de mucha renta, el qual vino el año de mil y quatro cientos, y antes ni después no se halla por escrito ni ay memoria de hombres aver venido de fuera ninguno a ser señor de esta casa fasta el Sr. Don Juan, y este Lope García de Lazcano, era bis agüelo del agüelo de esta señora Da Lorença.
6. En quanto al sexto capítulo, digo que lo tocante a las señoras que en esta casa a havido fasta oy en memoria de hombres, no se halla nombre de las antepassadas para saber de su linage, y lo que por escrito se alla es que agora ciento y noventa años, poco más o menos, vino a esta casa en casamiento Dª Ochanda de Leete, hija de Martín Juan Gorría, la cual era natural desta villa, y este Martín Juan Gorría, a dicho de los ancianos de esta tierra, por lo que oyeron a sus passados, fue hombre valeroso y rico, y natural originario dependiente de la casa de Leete, que es en juridición de esta villa y casa principal y conocida, de hijos dalgo; y esta Dª Ochanda vino en casamiento a Beltrán Ibáñez de Loyola, que fue el primero que huvo la merced del patronazgo de esta villa, y muerto este Beltrán Ibáñez, (Lope García) vino a casar con una hija suya, llamada Sancha Juanayz. El Lope García de Lazcano, hijo de la casa de Lazcano, de quien arriva se haze mención, y este Lope García y su muger, entre otros hijos dejaron por heredero a Juan Pérez, su hijo mayor, el qual tuvo hijos, y no ay memoria a quién tuvo por muger, que según el valor y ser de ellos sería hija de alguna casa muy principal. Este Juan Pérez dexó por hijos legítimos a Beltrán, que heredó el mayorazgo, y a Da Catalina que caso a la casa y solar de Emparan, y D. Maria López que casó a la casa y solar de Oçaeta.
Este Beltrán casó con Da Marina Saez de Licona, hija de la casa y solar de Valda, que, como arriba está referido, es casa y solar antiquíssimo en juridición de la villa de Azcoytia, el qual dicho Beltrán dexó por hijos suyos e de la dicha Dª Marina su muger a Juan Pérez, hijo mayor, que murió en Napóles, e a Martín García, hijo segundo que heredó el mayorazgo (y fue este el abuelo de esta Sra Da Lorença), y otro hijo llamado Beltrán que murió también en Nápoles, e a Ochoa que murió en esta villa, y a Hernando que murió en tierra firme y a D. Pedro López, que fue rector de la yglesia parrochial de esta villa, y a Iñigo, el qual era el Maestro Ignacio arriva referido, fundador de la Orden del Jesús. Este Martín García, que heredó el mayorazgo, casó con Da Magdalena de Araoz, la qual fue natural de la villa de Vergara, hija de Pedro de Araoz, el qual Pedro de Araoz murió en la ciudad de Nápoles año de quinientos y dos, siendo veedor de la armada de los Reyes Católicos, D. Hernando y Da Isabel, de la qual armada era capitán. Del dote que esta señora trajo ni del de ninguna de las pasadas arriva declaradas no ay memoria para poderlo declarar. Este Martín García, y Dª Magdalena su muger, dexaron, entre otros hijos, por su hijo mayor y heredero a D. Beltrán de Oñaz y Loyola, padre de la Sra Dª Lorença; y este D. Beltrán fue casado con Dª Juana de Recalde, hija legítima del contador Juan López de Recalde, contador que fue de su magestad en la casa de la contratación de Sevilla, el qual fue natural originario de la villa de Azcoitia, hijo de algo notorio, y persona de mucha calidad y propiedad y fue casado en la ciudad de Sevilla, desde donde casó tres hijas a este su natural, a esta Dª Juana, que la trajo el dicho D. Beltrán desde la ciudad de Sevilla con seys mil ducados de dote, año de treynta y siete o treynta y ocho, y otra hija caso a la casa y solar de Valda, e a otra a la casa y solar Oçaeta y en Sevilla dexó por heredero a Lope Ibánez de Recalde, que fue casado con Dª Leonor de Sayabedra, cuya hija, prima de esta señora Dª Lorença, es oy viva, y casó con D, Pedro de Çúniga, hijo del duque de Vejar, con dote de ducientos y cinquenta mil ducados en mueble y rayz.
7. Al séptimo capítulo está respondido en el de arriva, quanto a los officios de los padres de las señoras que han venido a esta casa.
8. Quanto al octavo capítulo, como está declarado en el precedente, los padres de la señora Da Lorença fueron don Beltrán de Oñaz y Loyola y Da Juana de Recalde, y los hijos que el Sr. D. Juan y la Sra Da Lorenza tienen de presente son quatro hijas, de las quales las dos medianas están por monjas en el Monasterio de las descalças de Madrid, aunque fasta agora sin hazer professión y en libertad de que no la hagan, fasta que sera la voluntad de sus padres, a lo que se tiene entendido; las otras dos que son la mayor y menor en hedad, están con los padres en Portugal, las quales llevan gajes del rey nuestro señor, porque son damas de la reyna nuestra señora, no tienen hijo varón ni lo han tenido, y tan solamente, si le ha avido, a sido nacido antes de tiempo. La edad del señor D. Juan de presente será quarenta y dos años, poco más o menos, por que él se casó el año de cinquenta y dos y entonces sería de edad de veyte y un años, poco más o menos. La Sra Da Lorença tiene treynta y cinco años, poco más o menos.
El dote que el Sr. D. Juan truxo a la casa de Loyola, lo que en quanto a esto e podido aliar es que quan-do el señor D. Juan se casó avía en la dicha casa y solar dos qüentos y novecientos y cuarenta y ocho mil maravedís de deudas. Los quales quedó de pagar dentro de quatro años y más prometió dos mil ducados de arras, y lo que de pressente se pagó, por ser cosa que no se puede entender con el secreto que este negocio requería y por la ausencia de su persona y mayordomos que tuvieron a cargo su hazienda, no se puede dar luz.
El oficio que el Sr. D. Juan tiene de presente es notorio, porque es embajador de su magestad en la corte de Portugal, y demás de esto los que le comunican y escriven le intitulan del Consejo de su Magestad; no sé si esto es aderente al cargo de embajador o de otra manera, y de presente está en Lisboa.
En quanto a las gajas o salaio que el Sr. D. Juan tiene de su officio y cargo, por acá no se entiende lo cierto, más de que por oydas se entiende que tiene de seys mil ducados arriva; por allá se entenderá mejor, porque acá no se sabe esto certificadamente.
En quanto a la renta que el Sr. D. Juan tiene, fuera de lo que vale la casa de Loyola y sus aderentes, lo que desto entendemos es que tiene la encomienda de Reyna, la qual vale de tres mil y quinientos a quatro mil ducados, y algunos años ha venido a valer seys mil ducados, y esto por razón del valor del trigo; y demás desto tiene los ducientos ducados por año referidos en el capítulo quarto de la metad de la escrivanía del corregimiento de esta provincia de Guipúzcoa, y más hizo la compra de tres caserías, referidas assí bien en el dicho capítulo, y es suya una alcaldía en esta provincia de ciertos lugares, por merced de su magestad, y de su mano provee cada año la dicha alcaldía, de la qual suele hazer merced a quien es servido, pero de ella no ay interés que se pueda traer a qüenta, sino tan solamente la calidad y el mando.
En quanto al patronazgo o hazienda que el señor Don Juan ha sacado por pleyto por acción de la casa de Loyola estos días, digo que el patronazgo de esta villa arriva referido, es el que ha sacado por pleitos y tiene executoria en su favor; porque aunque la casa lo posseya desde el tiempo de la merced, esta villa de Azpeitia le puso pleito sobre él, pretendiendo que era suyo y sobre ello tuvo sentencias el año de sesenta y noeve e demás de esto es de entender que la señora Da Lorença tiene pretensión de heredar las casas y solares de Amezqueta, Alçaga y Yarça que son de D. Martín Pérez de Amezqueta, su primo carnal, porque éste no tiene hijos y está privado de su entendimiento, sin juicio, el qual parece que, estando en su buen juicio, testó en favor de la señora Da Lorença, y como este se reputa por muerte cebil, tiénese esta pretensión, e por razón de estar mentecapto, es su curador el Sr. D. Juan de Borja, e como tal está en possesión de su hacienda, la qual es de mucha calidad y cantidad en patronazgo y bienes raizes, en mucha suma.
En quanto a las casas que tiene el dicho palacio de Loyola, arriva está referido, en el quarto capítulo, quántas son y de su calidad, y de pressente todo ello govierna y administra la señora Da Lorença, digo la señora Da Marina de Loyola, viuda, tia carnal de la dicha Doña Lorença, con poder de los señores de ella, y la misma Da Marina govierna los bienes del dicho D. Martín de Amezqueta, al qual con su muger tiene consigo en la casa de Loyola, como tía carnal que es del dicho D. Martín.
Yo he sido prolixo en la relación deste memorial pero porque compendiosamente lo que se pedía era mucho, no se ha podido más abreviar y lo que arriva está referido se hallará por verdad en todo y por todo, parte por escrituras y parte por libros de personas que trataron mucha verdad en la relación de todas estas cosas, e porque de semejantes cosas para todo caso se ha de hazer, con la discreción que tendrán los señores que pidieron esta relación, lo que yo de mi parte suplico es que de esta claridad se aprovechen sin nombre de autor desta coránica fasta su tiempo.
Sacóse este memorial de las calidades y honores tocantes a la casa de Loyola, que se halló en el harchivo y papeles de Francisco Pérez de Yarça, vecino de la nobilísima villa de Azpeitia y según su relación y sentido se hizo la sobre dicha corónica año de 1569.
Trasladóse en este quaderno en el mes de agosto el año de 1632.